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Me ha paredido interesante publicar en este espacio el comunicado que en su día emitió el colectivode de abogados Asociación Luis deTrelles, al que pertenezco, con ocasión del conflicto planteado en torno al Turno de Oficio, y la aplicación del principio de justcia gratuita.

COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS LUIS DE TRELLES EN APOYO DE LOS COMAÑEROS DEL TURNO DE OFICIO.

La Asociación de Abogados Luis de Trelles, desea manifestar públicamente su apoyo a los letrados que como expresión de su sentido de la solidaridad en el ámbito profesional han decidido incorporarse al Turno de Oficio en sus respectivos colegios profesionales y que en atención a la desconsideración con que vienen siendo tratados  han decidido plantar cara a la administración pública, revindicando  la dignificación del servicio a través de un trato digno para quienes lo prestan.

Nuestra posición se basa en los siguientes puntos:

1º.- El abogado del T.O asume el compromiso de atender a los clientes que se le asignen, independientemente de la compensación que en cada momento esté prevista, ni si reúne o no los requisitos para acceder a los beneficios de justicia gratuita.

2º.- La labor que realizan los abogados del T.O. tiene un contenido estrictamente profesional, es decir, para su ejercicio el abogado debe acreditar los conocimientos técnicos necesarios, adquiridos con la experiencia del ejercicio profesional y/o por la formación impartida por el propio Colegio de Abogados, sin la cual no es posible acceder a determinadas especialidades -la mayoría-, en que se organiza el Turno.

3º.- El letrado designado en T.O. no solo realiza una labor altruista. Nuestro sistema legal, que pretende ser justo, como principio que inspira su funcionamiento contempla la actividad profesional del abogado, al que se atribuye la función de ejercitar el derecho de defensa del justiciable y constituirse en garantía de sus derechos. Si carece de medios (entre ellos el de poder designar en plazo a un letrado que le defienda, porque no conoce ninguno, por ejemplo, aunque tenga capacidad económica para designar un abogado particular), el mismo sistema contempla que esa misión la realice obligatoriamente un abogado designado en T.O. Es decir, el abogado designado en TO realiza una labor profesional prevista institucionalmente.

4º- Cuando un colegiado decide incorporarse al Turno de Oficio es consciente de la cantidad de trabajo que le va a exigir su compromiso, del esfuerzo que ha de realizar y de la escasa compensación económica que para los poderes públicos encargados de defender el estado de derecho merece esta labor.

5º- Se da pues la paradoja de que los poderes públicos se atribuyen la condición de garantes del estado de derecho pero, en el ámbito judicial, quienes lo sostienen a su costa son los abogados del T.O.

6º-El T.O. no puede constituir ni la única ni la principal fuente de ingresos de  un abogado en ejercicio.

7º-Sin embargo, en función del nº de asuntos asignados y de sus características, lógicamente la compensación económica que perciba debería ser distinta.

8º-Si bien es cierto que no debe ser su principal fuente de ingresos, la compensación económica que perciba debe ser suficiente por lo menos para no impeler al abogado al abandono de un servicio que tiene un marcado carácter solidario y que toma su razón de ser del principio de responsabilidad social con el que algunos letrados  queremos dar contenido a nuestra profesión.

9º-Por último, constituyendo un elemento esencial del sistema judicial en nuestro Estado de Derecho, siendo designado por el Colegio de abogados con un mandato que le impide renunciar al ejercicio de su labor en determinados supuestos, como las guardias, es absolutamente inaceptable que se le niegue la muy escasa compensación económica prevista en estos supuestos para actuaciones judiciales inaplazables, como los juicios rápidos tramitados en la misma guardia, si posteriormente, una vez realizada su labor, se decide que el justiciable no reúne los requisitos para acceder al beneficio de justicia gratuita.

Al abogado de oficio en primer lugar se le debe garantizar la percepción económica que le corresponda de acuerdo con los criterios establecidos por el Colegio para el T.O. y después  el órgano administrativo competente, que cuenta con medios suficientes,  deberá hacer lo necesario para cobrar al justiciable lo estipulado por el Colegio en sus tablas de honorarios, y abonar al abogado lo que corresponda una vez deducidas las cantidades que ya se le han entregado.

Es arbitrario e indigno tratar de esta forma a unos profesionales que se constituyen en soportes irrenunciables del estado de derecho. Quienes teniendo responsabilidades públicas desprecian la labor profesional de los abogados del Turno de Oficio, desprecian de igual forma el estado de derecho y contribuyen de forma especialmente activa a su destrucción. La tiranía asoma peligrosamente por detrás de algunos políticos zarzueleros, auténticos fantoches.

ES EL DÍA DE RECORDAR QUÉ ES LA MEDIACIÓN.

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El concepto de la mediación responde al principio básico de que la nuestra es una sociedad compleja en la que convivimos libre y pacíficamente, asumiendo la responsabilidad de resolver por nosotros mismos los conflictos que esa convivencia pueda generar, sin delegar en un tercero la solución de nuestros problemas.

Desde un punto de vista funcional significa la intervención de un profesional, el mediador, que de forma neutra ayuda a las  partes enfrentadas en un conflicto a encontrar por si mismos  los motivos y las formas de resolver las dificultades que interrumpen o impiden la continuidad de una relación obligacional, necesaria para ellos y por consiguiente deseada. De esta forma,  el objetivo de la mediación consiste en alcanzar un acuerdo legalmente eficaz, que contenga una solución adaptada a las necesidades y circunstancia de las partes. Podrá consistir en mantener y fortalecer esa misma relación, modificarla para incorporar las necesidades de las partes o simplemente consentir en que definitivamente se extinga, eso sí,  evitando o intentando evitar consecuencias posteriores que generen nuevos conflictos.

Son muchos los ciudadanos que asumiendo su condición de personas libres se sienten capaces, y responsables, de resolver por sí mismos los conflictos en que se ven envueltos por  el simple hecho de la convivencia. Todo individuo que no vive en una urna, completamente aislado, se verá abocado, con mayor o menor agrado, a relacionarse con otras personas para atender sus necesidades materiales, emocionales y afectivas, relaciones cada día más complejas, en un entorno con más -aunque no siempre mejor- información y mayor conciencia individual de los derechos de que cada uno es titular.

Por ello, la solución acordada de los problemas individuales es lógico que adquiera mayor prestigio social. La imposición del más fuerte ha perdido cualquier valor social, y la decisión adoptada por un tercero (el árbitro o el Juez), que en sí misma no es sino la imposición de una de  las opciones posibles reforzada  por imperio de la ley, que termina desconociendo aspectos esenciales relativos a las condiciones y situación de las partes, pierde prestigio e incluso genera desconfianza, mientras que adquiere relevancia social el acuerdo entre partes, como expresión de libertad individual.

Sin embargo, la mediación como institución, como fórmula habilitada estructuralmente no despega. No existe demanda ciudadana, los órganos judiciales la desconocen y los profesionales del derecho temen una minoración de la actividad judicial que termine perjudicando sus intereses económico-profesionales.

Probablemente el lentísimo arraigo de una institución objetivamente necesaria y asumible en nuestro entorno sociocultural, se hace más comprensible si se considera la forma en que se ha explicado la naturaleza de la mediación. Efectivamente, en público y en privado se ha insistido por activa y por pasiva en que la mediación debe reducir el número de procedimientos y causas que se tramitan en nuestros juzgados.

De esta forma se relaciona la mediación con una actividad procesal, casi como un procedimiento alternativo a otros procedimientos judiciales. Posiblemente para el ciudadano no advertido se trata de más de lo mismo,  pero con la característica de que en mediación el tercero interviniente no decide, por lo que no solo no agiliza sino que retrasa todavía más los procedimientos judiciales al reducirlo a un simple trámite previo. Por otra parte aquel ciudadano puede sospechar que siendo sin ser un procedimiento judicial, el proceso de mediación carece de las garantías que para la protección del derecho de defensa la ley otorga a las partes. Y además hay que pagar.

La mediación es lo que es y así debe ser explicitado. Desde luego no es un nuevo y raquítico procedimiento judicial, ni una fórmula inventada por razones de economía procesal.

Se trata de institucionalizar un instrumento con eficacia jurídica para  atender  las necesidades que se plantean en una sociedad compleja y sistémica, en la que sus miembros conviven y desean seguir viviendo pacíficamente.

La mediación debe explicarse como expresión de la libertad del ser humano y consecuentemente de las partes en un conflicto.

Igualmente debemos saber comunicar que la mediación es fruto del respeto que merece toda persona,  y concretamente la otra parte en conflicto a quien ha de considerarse un igual.

Por último debemos saber hacer llegar a la ciudadanía que es un medio por el que las partes en conflicto adoptan un acuerdo adaptado a sus necesidades, en el que se  resuelven cuestiones objetivas y materiales y también aspectos, tan importante o más que aquellos, de naturaleza puramente subjetiva que determinan el comportamiento, el estilo de vida elegido por cada uno de ellos y que por consiguiente afectan a la propia naturaleza de la relación existente entre ellos.

José Mª Lirón de Robles Pérez

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EL ASESINATO DE LA CONDICION HUMANA

Estas líneas no tienen más explicación que el desahogo personal. Necesito hablarme, intentar explicarme  y con ello intentar comprender el comportamiento de unos individuos de los que lo único que conozco es la brutalidad de sus actos.

No pretendo suplir el rol informativo de unos profesionales que, seguro cuentan con más, mejor y más profunda información de la que yo pueda disponer.

Es pues una reflexión personal que quisiera compartir con quienes como yo se sienten abrumados por el desastre de saber que otras personas son capaces de segar indiscriminadamente la vida de sus congéneres sin más causa que la discrepancia política, o la pertenencia a un credo religioso diferente al suyo, o la simple manifestación pública de la opinión que les merece determinados comportamientos de quienes por un exacerbado sentimiento de pertenencia se adhieren acríticamente a los postulados que emanan de un determinado ámbito cultural o religioso.

En todo acto terrorista, desde mi punto de vista,  inciden en quien los programan y ejecutan tres detestables y peligrosísimos comportamientos: abolición de cuanto estimen  contrario a su personal  concepción de las cosas, desprecio del contrario e imposición por la fuerza bruta, el terror, de sus postulados o creencias.

Se trata en todo caso de actos criminales, que definen como criminales a sus protagonistas.

Es para mi incuestionable que un acto criminal de esta naturaleza nada tiene que ver con un proceso intelectual que lleva al convencimiento de la necesidad de una determinada intervención en la cosa pública. Ni se puede justificar en función de una determinada y difícil o muy difícil experiencia vital, o en base a la extracción social de quien ejecuta esos actos contra natura.

Por último, encontrar  justificación en un conflicto armado que se desarrolla en cualquier parte del mundo, no absuelve el acto individual y concreto de pegar un tiro a una persona a la que se está viendo viva y de la que se pretende, en cualquier caso, su muerte, tenga o no que ver con dicho conflicto.

El crimen, el asesinato viene precedido por un único proceso mental, el del desprecio de toda vida humana distinta de la del propio asesino.

Me sumo por todo ello a las expresiones de condolencia puestas de manifiesto en público y en privado a los familiares de las víctimas de tan terrible asesinato.

Igualmente quiero expresar mi temor, porque me siento individualmente vulnerable y colectivamente desprotegido.

Sin embargo quisiera expresar mi compromiso personal para defender hasta el límite de mis posibilidades, no ya el sistema de vida que tenemos -coyuntural, mudable y en muchos aspectos francamente mejorable- sino de la condición humana, la de todos nosotros, que de forma individual o colectiva, con nuestra inteligencia, es capaz de idear un mundo mejor, de construirlo y de resolver adecuadamente para todos  las contradicciones y conflictos que puedan surgir hasta nuestra total integración, condición humana hoy desolada y casi siempre decepcionante.

José Mª Lirón de Robles Pérez

Transparencia entre abodago y cliente.

Convivir con otras personas, compartir con ellas tiempo, espacio e intereses, es  fuente de conflictos.  La actitud con que se afronten termina constituyéndose en el determinante de la  extensión del conflicto, de forma que del ámbito puramente personal puede pasar a ser en ciertos supuestos la causa de una quiebra de la convivencia con las consiguientes consecuencias de reproche social, aislamiento y finalmente exclusión.

El conflicto forma parte de de la convivencia y el comportamiento personal de sus protagonistas el desencadenante de sus consecuencias. La forma en que se afronten las dificultades que las relaciones sociales generan dependerá de diversos factores. El primero es prever las causas del conflicto, después  conocer y valorar las necesidades de los demás implicados, determinar las pretensiones que  se quieran alcanzar,  el bagaje cultural de los protagonistas, la información de que se disponen y los medios con que se cuentan para equilibrar la posición en el conflicto.

Por ello, cuando una persona se acerca a un despacho de abogados lo hará normalmente como consecuencia de la incertidumbre que le genera su condición de parte en un conflicto existente o que potencialmente puede existir, esperando orientación  y siempre defensa, para una adecuada protección de sus intereses.

El abogado, tomando la distancia necesaria, debe manejar la situación de hecho descrita por el cliente, ha de averiguar las pretensiones de los demás implicados en el conflicto y la posición que cada uno de ellos ocupa en el mismo, estudiar la legislación aplicable y por fin ha de fijar las estrategias que conduzcan al mejor resultado posible para los intereses personales y materiales de su cliente.

La cuestión es determinar que se pretende y que se puede pretender para que en un escenario probabilístico las necesidades e intereses del cliente puedan verse satisfechas, cuando menos, desde una perspectiva pragmática.

El verdadero conflicto no se produce solo por la confrontación de normas o de criterios de interpretación de una norma. El conflicto surge de la insatisfacción de necesidades personales y materiales de las personas enfrentadas. La posición en el conflicto deriva de la legitimidad de las pretensiones  de cada parte y del modo en que estas actúan, consecuencia a su vez de la moralidad de su comportamiento y de la coincidencia de sus pretensiones con el contenido normativo de la Ley.

Cuando hablamos de transparencia nos referimos al proceso de información que ha de establecerse entre el profesional y su cliente, de forma que aquel dispongo de la información necesaria para construir la estrategia de defensa que le ha encomendado. Pero este es un proceso bilateral de forma que el abogado está obligado a informar a su cliente de los pasos dados en esa dirección, de los resultados obtenidos y sobre las posibles novedades que puedan surgir, de forma que ambos de mutuo acuerdo puedan adaptarla a las nuevas situaciones que puedan producirse.

De la oportunidad y calidad de la información trasmitida dependerá el éxito de la defensa perseguida.

José Mª Lirón de Robles Pérez

¿Qué es negociación?

NEGOCIAR, es decir ponerse de acuerdo con otra persona, debiera ser un acto cotidiano que expresando nuestra libre voluntad, siempre es nuevo y satisfactorio. El acto de negociar está llamado a ser  el nexo de unión entre quienes libremente conviven y por consiguiente se necesitan.

Convivir  significa compartir recursos útiles para cubrir nuestras necesidades, seguridad, tiempo y espacio. Estos bienes, porque todos los necesitamos, son deseados y aunque tengan naturaleza distinta, son intercambiables entre sí.

Cuando una comunidad o grupo de personas que conviven disfrutan mancomunadamente de esos bienes, los están compartiendo, es decir,  disponen de ellos por el simple hecho de formar parte de la comunidad, con la única limitación de que deberán hacerlo de forma organizada.  Desde esta perspectiva “buenista”, debiera ser sencillo encontrar una solución a las posibles discrepancias que pudieran plantearse. Personas maduras, es decir conocedoras de su condición y la de aquellos con quien conviven, interesadas en mantener la convivencia, sobre la base de igual disfrute de aquellos bienes que cubren sus diferentes necesidades, deben ser capaces de llegar libre, espontánea y fácilmente a los acuerdos necesarios para satisfacer sus demandas sin perjudicar los intereses de los demás.

Desgraciadamente, el buenismo  es un concepto en nuestros días desprestigiado. Se utiliza como sinónimo de bondad infantil,  ingenuidad, rasgo característico de un carácter blando e incluso de estulticia.

Y es lógico. No sé si históricamente se ha dado una situación ideal en la que los miembros de una comunidad sean y se sientan iguales entre sí y por consiguiente con la misma posibilidad de acceso a esos bienes sobre los que se organizan la convivencia, es decir, tiempo, espacio seguridad y recursos para satisfacer sus necesidades. Si la hubo debió durar poco. Parece que es una constante histórica que determinados individuos acaparan la mayor cantidad posible de esos bienes porque con ello son capaces de acaparar mas y mas…poder, lo que les permite imponer las condiciones de uso de los bienes, que han sido reducidos a la escasez, en su propio beneficio, es decir, generar la posibilidad de acceder a nuevos objetos que distribuirán de forma que genere nuevas posibilidades de acaparamiento y de poder.

Lo cierto es que hoy no negociamos en condiciones de igualdad. Una de las partes tiende a imponer sus condiciones y la otra a aceptar lo que se le impone. Siempre hay unos que pierden y otros que siempre ganan.

En nuestra  cultura desde que hay constancia de escritura, mediante normas, es decir mediante leyes, se ha intentado, si no corregir al menos aminorar los efectos de esta desigualdad. Intento que desgraciadamente nunca ha conseguido ir más allá de recoger las grandes palabras aportadas por la especulación teórica. Sin embargo, la desigualdad social y la que esta genera ante la ley, ha sido y es una constante contra la que parece imposible revelarse.

Por ello es necesario asumir que la única forma de restablecer en una negociación el equilibrio entre partes pasa porque cada uno de nosotros asumamos nuestra condición de personas, tratemos como tal a aquellos con quienes contratamos y les exijamos que nos dispensen igual tratamiento, seamos capaces de conocer nuestros objetivos y metas, las posibilidades que la ley nos ofrece y buscar los apoyos e instrumentos que nos permita sentirnos con el poder necesario para plantar cara a aquellos que pretenden abusar de nuestra más débil posición .

El asesoramiento legal previo permite diseñar estrategias  para racionalizar los actos de negociación, buscar apoyos y colaboraciones, en definitiva empoderar a quienes han de enfrentarse con quienes aparentan contar con todas los medios para imponer sus condiciones.

LA POCA GRACIA DE UN MINISTRO DE JUSTICIA

El pasado 20 de noviembre nos hemos acordado de muchas cosas y entre ellas, de forma especialmente intensa, de la familia del recientemente cesado Ministro de justicia, que no de gracia de la que carece completamente. Pobre familia, cuanto ha debido y  debe soportar.

Los que de una u otra forma nos relacionamos con las instituciones judiciales, recordamos con pesar la inquietante  publicación en esa fecha  de la norma que implantaba  un  nuevo sistema de tasa judiciales.  En aquellos días, en casi todos los foros  profesionales, se analizaron  las lamentables y previsibles consecuencias de aquel engendro legal. Se evidenció la inmoralidad de una norma cuya entrada en vigor ponía  en peligro, una vez más, el principio de igualdad que intenta inspirar nuestro sistema legal.

En la actualidad somos testigos  del cumplimiento  punto por punto de las más pesimistas predicciones. Quienes las padecemos, hemos sufrido las consecuencias de las inaceptables deficiencias técnicas de la norma, sus lagunas y su  imprecisión. Podemos sospechar que el afán recaudatorio de nuestros gobernantes se ha constituido en la única causa reconocible de la implantación de esta fórmula impositiva, obviando el principio de igualdad ante la ley y el derecho de defensa que nuestra constitución reconoce a todos los ciudadanos.

En corrillos de taberna y en distinguidos círculos profesionales,  se habló, y se sigue hablando, del efecto claramente clasista de la imposición de las tasa, en la medida en que los directamente perjudicados por su aplicación son quienes carecen de los medios necesarios para afrontar el pago de este impuesto  y del resto de gastos que un procedimiento judicial genera.

Ahora bien, hay una verdad oculta que es necesario poner de manifiesto: quienes verdaderamente quedan fuera del sistema judicial por razones económicas son aquellas personas que teniendo ingresos derivados de su trabajo o actividad profesional, son solo capaces de atender sus necesidades básicas y las de su familia, pero tienen la mala suerte de percibir unos ingresos  que superan la barrera económica que les permitiría acceder al beneficio de justica gratuita. Lo lamentable es que son muchos. No son pobres, pero no pueden embarcarse en aventuras económicas que ponga en peligro su insegura situación económica actual.

No es de sorprender por ello que en nuestros despachos estamos presenciando como un contingente importante de nuestros clientes naturales se pierden en el páramo de la indefensión por razón de su insuficiente capacidad económica para litigar en defensa de lo que entienden  justo  y por consiguiente digno de protección jurídica.

Una pena Sr. Gallardón. Para muchos cuando compartimos con nuestros compañeros una cerveza o una sesuda sesión de trabajo nos acordamos de usted y de lo que debe sufrir su familia al sentirse objeto de tanta y agria memoria.

José Mª Lirón de Robles Perez

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QUE PASARÁ DESPUÉS

De una forma u otra todos sentimos, y muchísimos padecemos, que con el transcurso del tiempo, de este tiempo, perdemos pie y aquello que percibíamos como  seguro y estable ya no nos lo parece, incluso intuimos que es manifiestamente inestable e inseguro.

El trabajo, las empresas o nuestra vivienda no forman parte de aquello a lo que podemos aspirar o ambicionar, el coche, la moto o los viajes, restaurantes que frecuentábamos o los hoteles que visitábamos en nuestras escapadillas ya no están al alcance de nuestras manos, ni mucho menos de nuestros salarios (quien lo tenga) ni de la retribución que genera un contrato de trabajo tan inestable como  temporal.

Nuestros hábitos han tenido que cambiar  y si no lo han hecho lo harán por las bravas de forma inmediata. Nos seguirá hastiando la televisión pero seguirá siendo el instrumento más barato con el  que ocupar un tiempo de ocio presumiblemente interminable. Nos tendremos que despedir del buen vino y de la cuadrilla con la que lo compartíamos.  No dejaremos de amar la cultura, simplemente dejaremos de comprar libros en cualquier formato porque con el valor de su precio se puede cubrir otras necesidades más inmediatas y físicas. No dejará de gustarnos el teatro, el cine o el circo, es que dejaremos de asistir a las salas o pistas donde se represente proyecte o actúe,  porque el precio de las entradas no hay quien en condiciones normales pueda pagarlos.

¿Terminará este Calvario? Y si termina ¿QUE PASARÁ DESPUÉS? Pues que muy a nuestro pesar tomaremos conciencia de lo que nunca debimos desconocer: que se nos maneja sin miramientos, que nunca hemos tenido capacidad económica para actuar con autonomía,  que no ofrecemos resistencia y que por todo ello siempre hemos sido pobres.

 Ahora bien, mientras a alguien le ha interesado nuestro  consumo  se nos ha convencido de que formábamos parte de una clase media adinerada y privilegiada capaz de endeudarse para la adquisición de bienes que después han resultado inalcanzables y de los que solo nos ha quedado la propiedad de las deudas contraídas para adquirirlos (otro día hablaremos de los buitres que viven de estas deudas). No parece que esta situación sea consecuencia pasajera de la crisis. No hay en el horizonte una luz clara ni voz creíble que nos permita albergar alguna esperanza sobre la contingencia, el carácter finito de esta situación. Más bien parece que está llamada a perdurar en el tiempo y de forma indefinida. 

Posiblemente por primera vez en la historia de la humanidad se nos ofrece un futuro en el que la solidaridad, el esfuerzo en común, en definitiva la convivencia, no constituye un medio idóneo para afrontar las dificultades. Por ejemplo si se nos ocurre la temeridad de proyectar una vida en común con nuestra pareja creando una familia, tener hijos y responder con ello a la llamada de madre naturaleza, y hacemos unos numericos veremos que se trata de una empresa imposible, llena de renuncias y escaseces. El desprestigio de instituciones sociales como por ejemplo los sindicatos u otras organizaciones sociales orientadas al servicio a los demás nos deja huérfanos, sin apoyos a los que recurrir cuando solos ya no podemos hacer frente a nuestro neoliberal enemigo.

En fin, por ello nuestra crisis no solo tiene efectos económicos. Los tiene también emocionales. Al fin sabemos lo que somos. Estamos obligados a enfrentarnos abiertamente con una realidad que hábilmente se nos ha hurtado. Es una crisis triste, muy triste, porque en quien confiábamos  nos ha defraudado o directamente engañado, porque sabemos que  se nos ha comprado por auténticas bagatelas, porque se nos ha formado mejor para nada, porque en los mejores momentos  no fuimos más felices y ahora somos más infelices y porque sabemos que nuestro futuro, COMO NO HAGAMOS ALGO, no está en nuestras manos.

Bienvenida

Para abrir este blog quisiera expresar en pocas líneas algunas de las ideas que pretenden ser maestras tanto en su uso como en su intención.

En cuanto al uso, el sentido común y unas cuantas reglas de urbanidad nos darán las claves. Pretendemos denunciar, provocar una reacción ciudadana y con ello corregir comportamientos abusivos que perjudiquen nuestros intereses económicos y los de la sociedad en la que vivimos. No queremos caer en el insulto gratuito, la difamación o la chabacanería.

Por lo demás el blog está abierto a quien teniendo una opinión, desee expresarla con absoluta libertad.

Queremos conocer los problemas a que se enfrentan quienes contactan con nosotros como usuarios de entidades financieras, defender sus intereses en los enfrentamientos que con esas instituciones mantengan, promover las acciones legales oportunas contra los actos usurarios o fraudulentos de aquellas o en general por cualquier justa causa que contra las mismas sostengan.

No obstante, para nosotros, tan importante como los hechos son los razonamientos. Estamos seguros de que el debate surge de la puesta en común, del contraste de opiniones, y por ello  es uno de los fundamentos del aprendizaje, y este del saber, que a su vez constituye la sabia de cualquier acción inteligente y justa, capaz de cambiar una situación de hecho que a todos nos perjudica.

Bienvenidos pues al blog. Espero que os sea útil y que a partir de lo que en él digamos podamos construir la más justa y eficaz de las respuestas al abuso de aquellas entidades que se conducen con comportamientos ilegales, abusivos y contrarios al bien común.